El Consejo de Ministros aprobará el decreto el 16 de junio «con o sin acuerdo», sobre la reforma laboral.

La reforma laboral ya tiene fecha. Será el 16 de junio. «Con acuerdo o sin acuerdo», advirtió ayer el presidente José Luis Rodríguez Zapatero. Si antes de ese día empresarios y sindicatos ( los llamados agentes sociales UGT Y CCOO, ya que los minoritarios como nosotros no contamos para nada) alcanzan un pacto, su contenido se reflejará en el decreto ley que apruebe el Consejo de Ministros. Si no es así, y todo parece indicar que no será así, pues el acuerdo «no está nada fácil de conseguir», en palabras de Zapatero, el Gobierno aprobará la reforma.

La reforma se aprrobará en  la víspera de la última cumbre de jefes de Estado y Gobierno de la UE bajo presidencia española, el 17 de junio. Al fin y al cabo, desde Bruselas se forzó el recorte presupuestario, que tanto ha cambiado el escenario de la negociación. Así lo  lo reconocen en privado en el entorno del Gobierno y no se dan explicaciones acerca de por qué ha decidido anunciar ahora un límite temporal a la negociación entre los interlocutores sociales, que se demora desde hace meses superando todos los plazos sucesivamente fijados.

Hasta ahora, los agentes sociales se han quejado de que en los últimos compases de la negociación, el Gobierno se ha limitado a jugar el papel de oyente en la mesa de diálogo social. Ayer no entregaron ninguna propuesta por escrito al resto de interlocutores. No obstante, algunas líneas básicas de lo que quiere el Ejecutivo empiezan a perfilarse tras las últimas reuniones.

El primero es la generalización del contrato con una indemnización por despido de 33 días. Esta opción pasa por abrir su uso a los hombres de entre 30 y 45 años y a las conversiones de contratos de temporales a fijos. Eso supondría un abaratamiento de hecho del despido, por lo que despierta el rechazo frontal de los sindicatos; por el contrario, goza de la buena acogida de la patronal.

También esto acaba por afectar al coste del despido, pues mientras el trámite improcedente supone una indemnización de 45 días o 33 por año trabajado; la otra implica una compensación de 20 días por año.

Otra de las dudas en torno al decreto que planea el Gobierno es cómo se articulará la adaptación del llamado modelo austriaco, que ya hablamos no hace mucho desde esta página,  y consite en un sistema de despido por el que los trabajadores tienen una cuenta que se engrosa con cotizaciones empresariales y que perciben en caso de ser despedidos o recuperan al final de su vida laboral.

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